Como violar la ley, diciendo que la cumplís: Poggi eligió el día y se hizo el análisis toxicológico promovido como de "Ejemplaridad y Coherencia"

El chiste, justamente, es que el azar determine el día para que -de manera sorpresiva- te hagan un análisis para corroborar si has consumido alguna sustancia ilegal, a la que presuntamente decís que querés combatir y estás comprando bajo cuerda. Como las drogas no permanecen en el cuerpo por la eternidad, si elegís el día podés trampear el resultado. La ley, de por si, es una norma inconducente, que no agrega ni quita nada al control del narcotráfico, pero este acto de "ejemplaridad" podría traer una serie de nulidades en caso de que algún funcionario diera positivo en el narcotest.

Para lograr aprobarla, tuvieron que modificar la ley. La primera versión -según propagandizaban- decía que al que le diera positivo, chau y hasta luego. Luego se 'suavizó' y se tratará caso por caso.

Al momento del análisis, todavía no había sido promulgada, a pesar del biri biri oficialista. La nueva versión no deja al funcionario en la calle como prometía lo que se dio a conocer en un principio. Ahora se analizará qué conducta seguir con el infractor.

No es que este periodista piense ni por asomo que Claudio Poggi tome sustancias ilegales, ni que no sea cierta su intención de combatir el narcotráfico. Pero le están haciendo mirar el avioncito. Mientras no se siga la línea del lavado del dinero, todo lo demás es "fulbito pa' la tribuna".

Hecha la ley, hecha la trampa

Esto dice la ley referida: ARTICULO 3º.- El examen establecido en el Artículo 1º, será de carácter obligatorio, deberá realizarse anualmente y de forma aleatoria, mediante un procedimiento que garantice la transparencia e igualdad de tratamiento en la selección de los funcionarios que deban someterse al mismo.-

Al decidir él mismo el día del análisis, para ser más "ejemplar", es el gobernador quien violenta el espíritu de la ley, por más que tenga las mejores intenciones y ponga cara de mormón que le robaron la bicicleta.

La información oficial de la agencia de propaganda del gobierno:

A primera hora de este jueves (NdR:14 de noviembre), en un laboratorio perteneciente a la Universidad Nacional de San Luis, el gobernador Claudio Poggi se realizó el primer test toxicológico del Poder Ejecutivo. El miércoles por la noche había firmado el decreto de promulgación de la normativa en Casa de Gobierno. (NdR: Fue publicado el viernes 15)

El Gobernador arribó al laboratorio a las 8:00 y fue recibido por los profesionales a cargo. Es el primer funcionario del Estado en realizarse los exámenes, tal como se había comprometido.

“En el marco del decreto de promulgación de la Ley de Ejemplaridad y Coherencia de los Funcionarios Públicos, fui el primer funcionario en hacerme el examen toxicológico. Los resultados van a estar en los próximos días, pero lo estamos haciendo con la Universidad Nacional de San Luis, que es un órgano, como exige la norma, ajeno al Estado provincial”, dijo Poggi.

Pero veamos qué pasa con las sustancias psicotrópicas

Tomamos información de la American Addiction Centers, que tiene tratamientos contra las adicciones y es lo más alejado a una información interesada políticamente en el tema que desarrollamos. De allí extractamos los datos que compartimos a continuación sobre cómo se detecta la cocaina y la marihuana en los exámenes.

"La vida media de la cocaína es alrededor de una hora. Quiere decir que toca aproximadamente una hora para que el cuerpo elimina la mitad de la cocaína actualmente en la sangre".

"Sin embargo, el consumo a largo plazo puede provocar tiempos de eliminación más largos, haciendo que algunos exámenes detecten la droga en el sistema por largos periodos".

"Calendarios de detección por diferentes tipos de exámenes se hallan enumerados más abajo:

"La cocaína o sus metabolitos pueden aparecer en un examen de sangre o saliva por hasta 2 días después del ultimo uso".

"Se puede detectar en el cabello por meses hasta años".

"Sus metabolitos pueden ser detectados en la orina por hasta 3 días, pero puede seguir detectable por hasta 2 semanas por un usuario frecuente".

Marihuana

"Típicamente, el THC es detectable hasta por 90 días en el cabello, entre 3 días y un mes o más en orina (dependiendo de la frecuencia con la que la persona lo use), hasta 48 horas en saliva y hasta 36 horas en sangre".

Ventajitas que da el poder

Cómo se verá, elegir el día y la hora sin que el azar lo determine, le da ventajas al analizado, más si tiene todos los resortes del poder.

Más que estúpido sería que alguien brinde con alcohol cuando sabe que en la puerta están haciendo un alcohotest.

Quizá más ejemplar sería que el organismo de lucha contra el narcotráfico tenga un sector especializado en lavado de dinero y seguir desde allí la ruta del narco.

Lo que están haciendo hoy, más que combatir el narcotráfico (si es que algún pícaro no está eliminando la competencia) es agarrar pibes o no tanto, que autocultivan y los pescan con uno o dos porros o una planta.

También se anotan como grandes logros los secuestros de estupefacientes que fueron detectados en los pasos fronterizos entrando o saliendo de la provincia, pero que no eran su destino final. Como el mago Cacarulo, de puro mágo, no más.

Es cierto que todos estos hechos están penados de acuerdo a lo que establecen las leyes 23.737 (dictada en los primeros meses del menemato) y su actualización (hecha durante el macrismo), la 27.302.

Pero no es menos cierto que hay ingentes movimientos en todo el país para lograr la liberación del consumo recreativo de marihuana.

En todo caso, lo que se debería propender, es a tratar las adicciones y evitar que las personas, particularmente los jóvenes, lleguen a ellas. Las políticas punitivas no han resultado conducentes. La educación es un buen camino, las necesidades básicas satisfechas, otro; la integración; el trabajo digno; y otras políticas de Estado efectivas pueden ser también de ayuda.

Mas que cuestionar el consumo, lo interesante sería estudiar por qué consume aquel que lo hace.

Por caso, la denominada Ley Seca en los EEUU lo que logró fue proliferación de las mafias del alcohol, más que la baja del consumo. Y por supuesto, el aumento de las coimas para poder comercializarlo y el incremento del precio de lo prohibido.

¿Cómo es el análisis que realiza la UNSL?

El informe proporcionado por la oficina de prensa institucinal de la Univiersidad Nacional de San Luis publicó el 24 de octubre el detalle del acuerdo:

Sebastián Andújar, decano de la FQByF, explicó que se viene trabajando en la adquisición de insumos para iniciar con los test y en la definición de cómo se llevará a cabo el proceso que se guiará con protocolos nacionales. «Venimos poniendo a punto cómo se van a llevar a cabo las tomas de muestras y posterior análisis», dijo.

Adelantó que se implementará un protocolo nacional que implica muestra ciegas. Es decir, que el análisis de la muestra no se realizará en el mismo lugar de la toma, por ende, el operario a cargo del tratamiento no sabrá a quién está analizando, es por ello que se trabajará con códigos. Remarcó que la custodia de la muestra será estricta.

Andújar detalló que inicialmente se realizará un análisis rápido a través de un hisopado donde determinará de forma cualitativa si la persona que se analiza da positivo o no. Una vez que da positivo, esa persona pasa a un segundo análisis que es de extracción y ahí se analiza cuantitativamente. Si vuelve a dar positivo, se realizará una contra muestra, que la llevará a cabo un laboratorio de otra universidad. Además aclaró que la Provincia asumirá los costos de los análisis.

La ley provincial en cuestión

LEY Nº V-1146-2024
EL SENADO Y LA CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS, SANCIONAN CON FUERZA DE LEY
EJEMPLARIDAD Y COHERENCIA POR PARTE DE LOS PODERES PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS EN LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO

ARTICULO 1º.- ESTABLECER para los funcionarios públicos que se desempeñen en el nivel jerárquico y/o político de los tres Poderes del Estado Provincial, la realización de un examen toxicológico preventivo, con el fin de determinar la presencia de sustancias psicotrópicas ilegales, inter dure su función publica.-

ARTICULO 2º.- Los funcionarios alcanzados por la presente Ley son: Poder Ejecutivo Provincial: El Personal Superior y de Gabinete, desde el Gobernador hasta los Jefes de Área y los Agentes que por disposición legal o reglamentaria ejerzan funciones de jerarquía equivalente a la de los cargos mencionados;

Jefe de Policía de la Provincia y Subjefe de Policía de la Provincia; Director y Subdirector del Servicio Penitenciario Provincial; Funcionarios de Organismos
Descentralizados; de Organismos Desconcentrados, de Sociedades del Estado y de Sociedades Anónimas con Participación Estatal Mayoritaria (SAPEM).-

Poder Legislativo Provincial: Los Legisladores y Autoridades Legislativas de ambas Cámaras.-

Poder Judicial Provincial y Ministerio Público: Los Magistrados y Funcionarios Judiciales.-

Honorable Tribunal de Cuentas de la provincia de San Luis: Todos sus Funcionarios.-

Defensor del Pueblo y Defensor Adjunto.-

ARTICULO 3º.- El examen establecido en el Artículo 1º, será de carácter obligatorio, deberá realizarse anualmente y de forma aleatoria, mediante un
procedimiento que garantice la transparencia e igualdad de tratamiento en la selección de los funcionarios que deban someterse al mismo.-

ARTICULO 4º.- El Poder Ejecutivo Provincial definirá la Autoridad de Aplicación de la presente Ley.-

ARTICULO 5º.- El Poder Ejecutivo, el Poder Legislativo, el Poder Judicial, el Tribunal de Cuentas, el Defensor del Pueblo y quienes adhieran a la presente Ley, establecerán en el marco de sus atribuciones, el/los organismos responsables de la instrumentación de la presente Ley.-

ARTICULO 6º.- Para la realización de los exámenes toxicológicos respectivos, se firmara convenio con instituciones públicas que no mantengan dependencia
con el Estado Provincial.-

ARTICULO 7º.- Si del examen realizado, se detectare la presencia de metabolitos de sustancias psicotrópicas ilegales; las autoridades de cada uno de los poderes u organismos, deberán aplicar, los mecanismos para el abordaje integral a personas con consume problemático de sustancias psicotrópicas ilegales, implementadas por el área competente del Poder Ejecutivo Provincial, a fin de brindar contención y asistencia.-

Asimismo, determinaran, si corresponde el otorgamiento de licencia del funcionario, suspensión del efectivo ejercicio en sus funciones hasta su recuperación o cese en la función pública, observando lo establecido en la Constitución Provincial y legislación vigente para cada caso.-

ARTICULO 8º.- Toda persona que acceda a información en el marco de los exámenes toxicológicos establecidos por la presente Ley, tiene la obligación de guardar reserva de su contenido. Los resultados del examen son considerados “datos sensibles” en los términos de la Ley Nacional Nº 25.326, la que será aplicable en todo cuanto sea compatible con la presente norma.- (Nota del redactor, Ley de Protección de Datos)

ARTICULO 9º.- Invítase a los Municipios de la provincia a adherir a la presente Ley.-

ARTICULO 10.- La presente Ley será reglamentada por el Poder Ejecutivo dentro del plazo de SESENTA (60) días a partir de su publicación en el Boletín Oficial y Judicial de la provincia de San Luis.-

ARTICULO 11.- La presente Ley entrara en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial y Judicial de la provincia de San Luis.-

ARTICULO 12.- Regístrese, comuníquese al Poder Ejecutivo y archívese.-

RECINTO DE SESIONES de la Honorable Legislatura de la provincia de San Luis, a doce días del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro.-


DECRETO Nº 12185-MS-2024.-
San Luis, 13 de Noviembre de 2024
VISTO:
El PRY-0000-99/23, y;
CONSIDERANDO:
Que en act. SADECE 4507/24 obra Sanción Legislativa Nº V-1146-2024
EJEMPLARIDAD Y COHERENCIA POR PARTE DE LOS PODERES PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS EN LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO, que tiene por objeto establecer para los funcionarios públicos que se desempeñen en el nivel jerárquico y/o político de los tres Poderes del Estado Provincial, la realización de un examen toxicológico preventivo, con el fin de determinar la presencia de sustancias psicotrópicas ilegales, inter dure su función pública;

Que se hace necesaria la promulgación de la referida sanción legislativa;

Por ello y en uso de sus atribuciones, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA:

Art. 1º.- Cúmplase, promúlguese y téngase por Ley de la Provincia de San Luis, la Sanción Legislativa Nº V-1146-2024 EJEMPLARIDAD Y COHERENCIA POR PARTE DE LOS PODERES PÚBLICOS DE LA PROVINCIA DE SAN LUIS EN LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRÁFICO.-

Art. 2º.- Hacer saber a todos los Ministerios y Secretarías de Estado del Poder Ejecutivo Provincial.-

Art. 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministro Secretario de Estado de Seguridad.-

Art. 4º.- Comunicar, publicar, dar al Registro Oficial y archivar.-

Al momento de publicarse este artículo, no estaba dictado el decreto reglamentario.

Informe: Gustavo Senn
gustavosenn@gmail.com