Otro revés para Aranguren: la Justicia frenó el aumento
del gas para las pymes
La justicia federal de Córdoba dispuso la "continuidad"
del cuadro tarifario del gas natural que regía "con anterioridad
al 31 de marzo" para las pequeñas y medianas empresas,
al hacer lugar a la medida cautelar presentada por una entidad que
nuclea a pymes de todo el país, medida que el Ministerio de
Energía de la Nación de inmediato anticipó que
apelará.
La presentación judicial contra el incremento del precio del
gas había sido presentada por la Asamblea de Pequeños
y Medianos Empresarios (Apyme), ante el juez federal Miguel Hugo Vaca
Narvaja, quien hoy dispuso "hacer lugar a la medida cautelar
" y ordenó la "suspensión" de las resoluciones
del Ente Nacional Regulador del Gas (Enargas) que fijan el aumento
de tarifas.
Se trata del primer amparo aceptado por la Justicia contra el incremento
tarifario para los usuarios comerciales de gas natural, luego del
fallo de la Corte Suprema de Justicia del 18 de agosto que sólo
contempló la nulidad de los aumentos para los usuarios residenciales,
lo que a su vez motivó la audiencia pública del 16 al
18 de septiembre y una nueva propuesta del Gobierno.
Tras conocerse la resolución, fuentes oficiales anticiparon
este mediodía a Télam que el Ministerio de Energía
y Minería de la Nación apelará la decisión
del juez federal y su disposición de ordenarle al Enargas retrotraer
las tarifas para pymes al 31 de marzo.
El ministro Juan José Aranguren había admitido días
atrás que estaba en consideración para los nuevos cuadros
tarifarios un tope de aumento del 250 por ciento para los consumidores
comerciales.
Vaca Narvaja resolvió en su fallo la "continuidad del
cuadro tarifario del servicio de gas conforme al vigente con anterioridad
al 31 de marzo del corriente año, es decir, sin variación
alguna que no surja del propio consumo del usuario, y ello hasta el
27 de diciembre de 2016".
En el escrito, el magistrado precisó que la medida abarca
a "pequeños y medianos industriales, comerciantes, prestatarios
de servicios, productores agrarios, sectores medios, cuentapropistas,
profesionales y otros afines", integrantes del colectivo Apyme.
En otro punto de su fallo, Vaca Narvaja resolvió ordenar al
Enargas que "instruya a las Empresas Licenciatarias del servicio
de gas para que procedan, en el término de diez días
y con los valores vigentes al 31/3/2016, a la refacturación
de los consumos efectuados desde el 1° de abril de 2016 hasta
la fecha de la presente (27 de septiembre de 2016).
El juez precisó en su resolución que las prestadoras
del servicio de distribución deberán adoptar "las
medidas necesarias para posibilitar el pago de las facturas adeudadas
en cuatro cuotas mensuales, iguales y consecutivas, sin intereses
ni recargos relacionados con la falta de pago".
En los considerandos, hizo referencia a lo expresado por Apyme respecto
a que el aumento o cuadro tarifario vigente del gas "les afecta
el derecho a la propiedad, al tener que abonar altísimas facturas
del servicio de gas que, como elemento combustible, constituye una
materia prima imprescindible para sus actividades industriales".
Por su parte, el titular de Apyme Córdoba, Humberto Spaccesi,
destacó en diálogo con Télam el fallo de Vaca
Narvaja: "Estamos felices por el fallo -dijo- y lo importante
es que el juez resuelve después que recibe la información
del Poder Ejecutivo Nacional y a pesar de eso dice que amerita la
cautelar".
"Lo que venimos planteando -añadió Spaccesi-,
tiene mucha racionalidad, no somos unos loquitos que estamos pidiendo
por pedir, y lo bueno es que a este fallo lo podemos extender a todas
las pymes del país, y que cada una no tenga que ir haciendo
presentaciones".