Jornadas Nacionales del Ministerio Público

"Según la OMS entre un 15 y un 71 por ciento de las mujeres declararon que sufrieron violencia física o sexual, en su propio hogar"

Con motivo de las XXIII Jornadas del Ministerio Público que se desarrollan en la Casa de los Trebejos, la Presidenta del Consejo Federal de Política Criminal, María del Carmen Falbo, se refirió a “La trata de personas y violencia contra la mujer”, y enumeró las acciones llevadas a cabo en el último año contra la explotación sexual de mujeres. “Durante el 2009 hemos trabajado muy fuertemente con los Procuradores de todas la provincias argentinas con el tema de violencia de género, y en particular la trata de personas. Esta problemática nos afecta en lo profundo como sociedad y la única manera de enfrentarla es de forma mancomunada. A la luz de las estadísticas, mundiales, regionales y locales, la violencia de género es lo mismo que decir violencia contra la mujer” señaló Falbo, quien es Procuradora General de la Provincia de Buenos Aires, uno de los distritos con mayor concentración de denuncias.


“Los derechos humanos son un conjunto de pautas éticas con proyección jurídica, que han sido producto de un largo proceso de construcción y cambio a lo largo de los dos últimos siglos. Y aunque resulte difícil establecer una secuencia histórica lineal, sabemos que los derechos civiles y políticos corresponden a la primera generación, los sociales, culturales y económicos a la segunda generación, y los derechos a la paz, al desarrollo y a un medio ambiente sano a la tercera generación. En tanto que la cuarta generación está representada por los derechos de los pueblos.”

“A partir de las alarmantes condiciones y situaciones de vida de muchas mujeres adultas, niñas, niños, adolescentes, en todo el mundo, y de las flagrantes violaciones a sus derechos, se ha ido desarrollando una concepción de los derechos humanos teniendo en cuenta su especificidad, con la intención de contribuir a una real universalización, basada en el principio de la pluralidad y el respeto a las diferencias y a la diversidad. De allí el marco puntual que la comunidad internacional ha dictado a partir de decidir no permanecer impasible frente a las situaciones de violencia que padecen miles de mujeres adultas, adolescentes y niñas, sometidas al mal trato y abuso en el seno de su propio hogar, en sus lugares de trabajo y en la comunidad.”

“Aquellas avasalladas en sus derechos sexuales y reproductivos, aquellas otras explotadas y prostituidas por las organizaciones delictivas dedicadas a la trata, a la pornografía y al turismo sexual. En definitiva, a todas aquellas víctimas agredidas en su dignidad humana, por su sola condición femenina. Digo esto porque estas múltiples formas de violencia contra la mujer tienen por básicas históricas construcciones sociales, políticas y culturales, que persisten en la actualidad y que afectan, sin duda, la propia condición humana, menoscabando o anulando el goce de derechos y libertades fundamentales”.

“No seríamos justos si no abarcáramos la violencia contra la mujer en los distintos ámbitos, a fin de dimensionar una problemática que, según estadísticas a nivel mundial, es un problema que afecta a mujeres de todos los grupos, raciales y económicos, puesto que el factor de riesgo o vulnerabilidad es su condición femenina.”

“Según la OMS, en un estudio muy reciente a cerca de la salud de la mujer y la violencia, entre un quince por ciento y un 71 por ciento de las mujeres declararon que habían sufrido violencia física o sexual, perpetrada en su propio hogar. Cada año unas 5 mil mujeres en todo el mundo fallecen víctimas de asesinatos a manos de familiares, vecinos o presuntos amigos. En todo el mundo una de cada cinco mujeres refieren haber sufrido abuso sexual en su infancia. A su vez el Foro de Viena da cuenta de la situación de dos millones y medio de personas en situación de tráfico y trata de personas, ascendiendo a un millón doscientos mil las víctimas menores de edad, mayoritariamente mujeres y niños. En este orden el 95 por ciento son destinadas al comercio sexual.”

“También señala este informe las preocupantes repercusiones de la violencia contra la mujer, tanto en su salud personal, como en cuanto a la salud pública y en los ámbitos laborales. Se concluye entonces que esta violencia trasciende la perspectiva de género, porque enraizada desde lo familiar, el modelo cultural violento se multiplica en sus efectos, trasladándose a otros espacios de la sociedad.”

“Hablando de Argentina, se estima que la cuarta parte de la población de mujeres es víctima de violencia doméstica. Por su lado el reciente informe de la Organización Internacional por las Migraciones (OIM), sobre tráfico y trata de personas, estima que en nuestro país son medio millón las víctimas en esta situación, correspondiendo a mucho más de la mitad a mujeres y niñas explotadas bajo la forma de prostitución forzada y pornografía. Cifra que alerta sobre la gravedad de un problema creciente.”

“Como dije no es novedad que las mujeres y los niños han sido objeto de mal trato y abuso a lo largo de los siglos, ante la pasividad y tolerancia de gran parte de la sociedad. Mitos, estereotipos, prejuicios de género y edad, justificaban esa complicidad, y frente a esto no hace más de dos décadas que comenzaron los verdaderos cambios en el enfoque de la problemática, evidenciando el derecho una evolución trascendente en la regulación de la protección de los derechos humanos en general y de los derechos de las mujeres, niños, niñas y adolescentes en especial, a través de numerosos instrumentos internacionales y leyes nacionales y provinciales.”

“Y si bien tampoco es novedad advertir la distancia de las leyes que garantizan a las mujeres y los niños el respeto por sus derechos, y la realidad que muestra lo contrario, como lo reflejan entre otros indicadores las cifras mencionadas, debemos convencernos de que el único camino para la vigencia y garantía plena de los derechos de estos sectores vulnerables, es el esfuerzo mancomunado de los poderes del Estado, pero también del conjunto social.”

“En pos de este ideario, tanto la convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, como en cuanto la convención interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, conocida como Convención de Belem do Pará, y asimismo la Convención sobre los Derechos del Niño y las leyes nacionales y provinciales contra la violencia familiar y la trata de personas, se erigen como formidables instrumentos de guía a las acciones a realizar para la construcción de una convivencia en paz, igualdad y respetuosa de los derechos humanos.”

“Los dos instrumentos internacionales claves referidos a la problemática, efectúan una perfecta síntesis del fenómeno, definiendo a la violencia contra la mujer como todo acto de violencia basado en el género, que tiene como resultado posible o real un daño físico, sexual o psicológico, incluidas las amenazas, la coerción o la privación arbitraria de la libertad, ya sea que ocurra en la vida pública o privada. Asimismo señalan las tres esferas de manifestación habitual de esta violencia: en la familia (nuclear y ampliada, incluidos los malos tratos y abuso sexual), en la comunidad en general (violación, abuso sexual, la tortura, el acoso, la intimidación en el trabajo) y en otras instituciones, privadas o públicas (trata de mujeres y prostitución forzada). La tercera esfera es la perpetrada o tolerada por el Estado, en dónde quiera que ello ocurra.”

“A la formulación de los mismos se siguen sumando otras tantas declaraciones y recomendaciones de organismos internacionales que indican la suficiente preocupación de la sociedad civil frente a un fenómeno que no merma y que precisa, por sus propias características, de respuestas coordinadas e integrales de los Estados. La Argentina se ha comprometido internacionalmente ratificando las convenciones más importantes relativas a la mujer adulta y niña, y aún más: las ha elevado a categoría constitucional en la reforma de 1994, incorporándolas en su artículo 75, inciso 22 de la Constitución Nacional. Por lo tanto rigen en forma operativa.”

“Sumo a la vigencia de estos instrumentos el camino legislativo que viene recorriendo nuestro país destinado a combatir la violencia y la discriminación de las mujeres a través del dictado de leyes nacionales y provinciales contra la violencia familiar. La reciente ley nacional contra la violencia de género, a la cual vienen adhiriendo las provincias, las referidas a la protección integral de los niños, niñas y adolescentes. También el Código Penal en orden a delitos contra la integridad sexual y la ley nacional sobre tráfico y trata de personas.”

“Es ardua la tarea que todavía les espera a los integrantes del Ministerio Público. Fiscales, Defensores, Asesores de Menores e Incapaces en esta lucha que, conforme a su incumbencia funcional, debe centrarse en el compromiso de remover los obstáculos que impidan el plano acceso a la justicia de las víctimas, su continuidad y efectividad. Tarea que obliga a una necesaria coordinación de actividades, a partir de una escucha atenta y profesional del relato de la víctima, que permita comprender y aprender su situación para el correcto abordaje, o en todo caso para una derivación precisa y oportuna.”

“Como siempre reitero a los integrantes del Ministerio Público que me toca dirigir en Buenos Aires, que debemos trabajar bajo la premisa de que la violencia no admite dilaciones, ni compartimentos estancos, pues muchas veces apenas un instante constituyen la distancia entre una denuncia y un delito a veces de consecuencias irreparables. El develamiento de la violencia contra la mujer constituye un enorme avance de toda la sociedad y de las mujeres, porque hoy se animan a denunciar, pero a la par estas circunstancias nos imponen el actuar a la altura de esas circunstancias.”

“Insisto en un aspecto trascendente en términos de eficacia institucional y recuerdo la acertada observación que efectuara la doctora Kemelmajer de Carlucci, cuando señaló que “la agilidad es la que puede convertir a la justicia en un elemento positivo en el desarrollo de un tratamiento de grupos familiares violentos. Porque sino se logra esta agilidad, mejor que nunca se le hubiera ocurrido a la justicia intervenir, porque el efecto será seguramente peor”.

“No quiero dejar pasar la oportunidad de referirles el trabajo que venimos realizando los procuradores y fiscales de todo el país, enfocándonos en la trata de personas con fines de explotación sexual, cuya sórdida y continua existencia adquiere una significación de singular gravedad. Este flagelo constituye la forma contemporánea de la esclavitud. Las víctimas de la trata sufren vejaciones, malos tratos, todo tipo de presión y coerción. Son frecuentemente discriminadas, ignoradas, consideradas trabajadoras o inmigrantes ilegales, y por lo tanto no reciben la adecuada consideración y menos aún la protección.”

“Se advierte mundialmente la dificultad en combatir el delito de la trata, debido a que las víctimas rara vez denuncian a los traficantes. Las personas traficadas son mantenidas en lugares fuera de las redes de apoyo, con frecuencia se les retienen los documentos y son siempre amenazadas. Los traficantes ejercen poder sobre las víctimas porque en muchos casos son del mismo país de origen y las víctimas tienen el temor de perjudicar a sus familiares.”

“En la legislación internacional la trata de personas ha sido considerada y definida mediante la convención de las Naciones Unidas contra el crimen organizado transnacional y su protocolo complementario para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas, especialmente de mujeres y niños, más conocido como Protocolo de Palermo, como un delito contra la libertad y de lesa humanidad, que consiste en la captación, reclutamiento, traslado y confinamiento de una o varias personas, mediante la utilización de diversos medios comisivos, con fines puramente de explotación.”

“Ratificada la misma por nuestro país en el orden local se dictó la ley 26634, que ha venido a reafirmar aquellos postulados, tipificando el tráfico y la trata de personas como delito, y si bien la ley le otorga competencia federal a la investigación y represión del mismo, lo cierto es que este negocio millonario reviste aristas de suma complejidad, encontrándose muchas veces vinculado u oculto, detrás de otros delitos que son competencia de nuestras propias provincias. De hecho la mayoría de las investigaciones principian a partir de infracciones a la vieja ley de profilaxis.”

“Cuando hablamos de tráfico y trata de personas no solo hablamos de un fenómeno transnacional o de mujeres que son secuestradas en sus hogares, sino también de aquellas engañadas bajo la promesa de un futuro mejor, quienes dejan sus pueblos natales y llegan generalmente a las grandes ciudades para prostituirse en condiciones inhumanas. Así en el seno del Consejo Federal de Política Criminal venimos trabajando con todos los Procuradores y Fiscales Generales de las provincias empeñosamente en el tema. Tras la capacitación de nuestros operadores, largas jornadas de trabajo y los antecedentes que venía trabajando la Procuradora General de Río Negro, la doctora Liliana Piccinini, coincidimos en la elaboración de un protocolo de actuación común para la investigación de los delitos vinculados a la trata de personas y protección de las víctimas, que fue aprobado finalmente en ocasión de las Jornadas del Ministerio Público del año pasado, con el objetivo de asumir una actuación unívoca y de colaboración mutua entre las provincias y con la jurisdicción federal, dado que este delito no tiene fronteras.”

“Las directivas que brinda el protocolo a grandes rasgos consisten en comprometer a los fiscales provinciales para que en el marco de las investigaciones locales indaguen en la posible existencia de trata de personas. Y por otro lado, a proporcionar un plus de dedicación y cuidados a las víctimas, atento su vulnerabilidad emocional y física. En tal sentido señalo aspectos relevantes de las instrucciones aludidas. Por un lado la necesidad de impulsar activamente las investigaciones en cada jurisdicción, asistir personalmente a los allanamientos, debiendo cumplimentar con ciertos recaudos en orden a la efectividad de la diligencia y preservación de la prueba. Por ejemplo firmar el acto y documentarlo. Prestar atención a los indicadores objetivos de la capacidad ambulatoria de las posibles víctimas. Secuestrar la documentación identificatoria de viajes, registros de pases, salarios etcétera. Identificar correctamente a la víctima como tal, porque a veces a la víctima se la trata como victimaria, para lo cual el protocolo establece pautas para la recepción de dichas declaraciones, por ejemplo: la manera en que la víctima fue contratada, contactada, trasladada y recepcionada.”

“En cuanto a la protección de las víctimas en sí mismas el protocolo, reforzando la idea de evitar su revictimización ordena: recepcionar el testimonio con asistencia psicológica, recurriendo a medios idóneos de registro, como Cámara Gesell. Obtener un diagnóstico inmediato físico y psíquico. Localizar a sus familias de origen y contactarse con organizaciones encargadas de prodigarles albergue, proveerles de mecanismos de custodia y de seguridad efectiva. Cumplir en definitiva con el mandato de la protección integral.”

“Con respecto a los niños, niñas y adolescentes víctimas se debe disponer la inmediata presencia del Defensor o del Asesor de Menores, a los fines de que adopten las medidas de protección para cada caso, ponderando el estado de riesgo o peligro. A partir de ello cada uno de los Ministerios Públicos provinciales iniciamos variadas acciones destinadas a brindar operatividad a dicho compromiso y dictando las resoluciones pertinentes. En Buenos Aires puedo señalar como Procuradora General que en el marco de la resolución 542 de 2009, en el lapso de ocho meses se practicaron más de cien allanamientos en locales de explotación de prostitución, siendo identificadas como prestadoras de servicios sexuales 222 mujeres víctimas, mayoritariamente jóvenes y adolescentes, siendo el 50 por ciento de origen paraguayo, con edades que oscilan entre los 17 a los 24 años. De número restante el 50 por ciento son de nacionalidad argentina, de distintas provincias, y un 25 por ciento son dominicanas con edades que van desde los 17 a los 35 años.”

“Además mantenemos contactos útiles con diversas ONG, con la Fundación María de los Ángeles, que preside la madre de Marita Verón, con organismos oficiales de la provincia de Buenos Aires y organismos nacionales, con la Oficina de Rescate del Ministerio de Justicia de la Nación, la OIM y el Centro de Atención a la Víctima del Ministerio de Justicia de la provincia de Buenos Aires. Además comenzamos a registrar los casos en base a la información aportada por los fiscales provinciales, con la aspiración de que en un futuro próximo concretemos una verdadera base de datos.”

“También brindamos una capacitación conjunta a los operadores que deben intervenir de manera coordinada. Es así que fiscales, asesores y profesionales recibieron lineamientos que orienten su actuación. Falta mucho todavía y no contamos siquiera con todos los recursos que necesitamos. Por ejemplo el tema de los refugios para las víctimas de trata es un tema que nos desvela, pero seguimos trabajando. Prevenir y detectar son actividades clave para combatir el flagelo de la trata y en esto se involucran otros actores políticos, de seguridad, de salud, de educación. La inactividad es complicidad omisiva y contribuye al incremento y a la impunidad de la conducta delictiva.”

 

 

 

 

 
   
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