Jornadas Nacionales del Ministerio Público
"Según la OMS entre un 15 y un 71 por ciento
de las mujeres declararon que sufrieron violencia física o
sexual, en su propio hogar"
Con motivo de las XXIII Jornadas del Ministerio Público que
se desarrollan en la Casa de los Trebejos, la Presidenta del Consejo
Federal de Política Criminal, María del Carmen Falbo,
se refirió a “La trata de personas y violencia contra
la mujer”, y enumeró las acciones llevadas a cabo en
el último año contra la explotación sexual de
mujeres. “Durante el 2009 hemos trabajado muy fuertemente con
los Procuradores de todas la provincias argentinas con el tema de
violencia de género, y en particular la trata de personas.
Esta problemática nos afecta en lo profundo como sociedad y
la única manera de enfrentarla es de forma mancomunada. A la
luz de las estadísticas, mundiales, regionales y locales, la
violencia de género es lo mismo que decir violencia contra
la mujer” señaló Falbo, quien es Procuradora General
de la Provincia de Buenos Aires, uno de los distritos con mayor concentración
de denuncias.
“Los derechos humanos son un conjunto de pautas éticas
con proyección jurídica, que han sido producto de un
largo proceso de construcción y cambio a lo largo de los dos
últimos siglos. Y aunque resulte difícil establecer
una secuencia histórica lineal, sabemos que los derechos civiles
y políticos corresponden a la primera generación, los
sociales, culturales y económicos a la segunda generación,
y los derechos a la paz, al desarrollo y a un medio ambiente sano
a la tercera generación. En tanto que la cuarta generación
está representada por los derechos de los pueblos.”
“A partir de las alarmantes condiciones y situaciones de vida
de muchas mujeres adultas, niñas, niños, adolescentes,
en todo el mundo, y de las flagrantes violaciones a sus derechos,
se ha ido desarrollando una concepción de los derechos humanos
teniendo en cuenta su especificidad, con la intención de contribuir
a una real universalización, basada en el principio de la pluralidad
y el respeto a las diferencias y a la diversidad. De allí el
marco puntual que la comunidad internacional ha dictado a partir de
decidir no permanecer impasible frente a las situaciones de violencia
que padecen miles de mujeres adultas, adolescentes y niñas,
sometidas al mal trato y abuso en el seno de su propio hogar, en sus
lugares de trabajo y en la comunidad.”
“Aquellas avasalladas en sus derechos sexuales y reproductivos,
aquellas otras explotadas y prostituidas por las organizaciones delictivas
dedicadas a la trata, a la pornografía y al turismo sexual.
En definitiva, a todas aquellas víctimas agredidas en su dignidad
humana, por su sola condición femenina. Digo esto porque estas
múltiples formas de violencia contra la mujer tienen por básicas
históricas construcciones sociales, políticas y culturales,
que persisten en la actualidad y que afectan, sin duda, la propia
condición humana, menoscabando o anulando el goce de derechos
y libertades fundamentales”.
“No seríamos justos si no abarcáramos la violencia
contra la mujer en los distintos ámbitos, a fin de dimensionar
una problemática que, según estadísticas a nivel
mundial, es un problema que afecta a mujeres de todos los grupos,
raciales y económicos, puesto que el factor de riesgo o vulnerabilidad
es su condición femenina.”
“Según la OMS, en un estudio muy reciente a cerca de
la salud de la mujer y la violencia, entre un quince por ciento y
un 71 por ciento de las mujeres declararon que habían sufrido
violencia física o sexual, perpetrada en su propio hogar. Cada
año unas 5 mil mujeres en todo el mundo fallecen víctimas
de asesinatos a manos de familiares, vecinos o presuntos amigos. En
todo el mundo una de cada cinco mujeres refieren haber sufrido abuso
sexual en su infancia. A su vez el Foro de Viena da cuenta de la situación
de dos millones y medio de personas en situación de tráfico
y trata de personas, ascendiendo a un millón doscientos mil
las víctimas menores de edad, mayoritariamente mujeres y niños.
En este orden el 95 por ciento son destinadas al comercio sexual.”
“También señala este informe las preocupantes
repercusiones de la violencia contra la mujer, tanto en su salud personal,
como en cuanto a la salud pública y en los ámbitos laborales.
Se concluye entonces que esta violencia trasciende la perspectiva
de género, porque enraizada desde lo familiar, el modelo cultural
violento se multiplica en sus efectos, trasladándose a otros
espacios de la sociedad.”
“Hablando de Argentina, se estima que la cuarta parte de la
población de mujeres es víctima de violencia doméstica.
Por su lado el reciente informe de la Organización Internacional
por las Migraciones (OIM), sobre tráfico y trata de personas,
estima que en nuestro país son medio millón las víctimas
en esta situación, correspondiendo a mucho más de la
mitad a mujeres y niñas explotadas bajo la forma de prostitución
forzada y pornografía. Cifra que alerta sobre la gravedad de
un problema creciente.”
“Como dije no es novedad que las mujeres y los niños
han sido objeto de mal trato y abuso a lo largo de los siglos, ante
la pasividad y tolerancia de gran parte de la sociedad. Mitos, estereotipos,
prejuicios de género y edad, justificaban esa complicidad,
y frente a esto no hace más de dos décadas que comenzaron
los verdaderos cambios en el enfoque de la problemática, evidenciando
el derecho una evolución trascendente en la regulación
de la protección de los derechos humanos en general y de los
derechos de las mujeres, niños, niñas y adolescentes
en especial, a través de numerosos instrumentos internacionales
y leyes nacionales y provinciales.”
“Y si bien tampoco es novedad advertir la distancia de las
leyes que garantizan a las mujeres y los niños el respeto por
sus derechos, y la realidad que muestra lo contrario, como lo reflejan
entre otros indicadores las cifras mencionadas, debemos convencernos
de que el único camino para la vigencia y garantía plena
de los derechos de estos sectores vulnerables, es el esfuerzo mancomunado
de los poderes del Estado, pero también del conjunto social.”
“En pos de este ideario, tanto la convención sobre la
eliminación de todas las formas de discriminación contra
la mujer, como en cuanto la convención interamericana para
prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer, conocida
como Convención de Belem do Pará, y asimismo la Convención
sobre los Derechos del Niño y las leyes nacionales y provinciales
contra la violencia familiar y la trata de personas, se erigen como
formidables instrumentos de guía a las acciones a realizar
para la construcción de una convivencia en paz, igualdad y
respetuosa de los derechos humanos.”
“Los dos instrumentos internacionales claves referidos a la
problemática, efectúan una perfecta síntesis
del fenómeno, definiendo a la violencia contra la mujer como
todo acto de violencia basado en el género, que tiene como
resultado posible o real un daño físico, sexual o psicológico,
incluidas las amenazas, la coerción o la privación arbitraria
de la libertad, ya sea que ocurra en la vida pública o privada.
Asimismo señalan las tres esferas de manifestación habitual
de esta violencia: en la familia (nuclear y ampliada, incluidos los
malos tratos y abuso sexual), en la comunidad en general (violación,
abuso sexual, la tortura, el acoso, la intimidación en el trabajo)
y en otras instituciones, privadas o públicas (trata de mujeres
y prostitución forzada). La tercera esfera es la perpetrada
o tolerada por el Estado, en dónde quiera que ello ocurra.”
“A la formulación de los mismos se siguen sumando otras
tantas declaraciones y recomendaciones de organismos internacionales
que indican la suficiente preocupación de la sociedad civil
frente a un fenómeno que no merma y que precisa, por sus propias
características, de respuestas coordinadas e integrales de
los Estados. La Argentina se ha comprometido internacionalmente ratificando
las convenciones más importantes relativas a la mujer adulta
y niña, y aún más: las ha elevado a categoría
constitucional en la reforma de 1994, incorporándolas en su
artículo 75, inciso 22 de la Constitución Nacional.
Por lo tanto rigen en forma operativa.”
“Sumo a la vigencia de estos instrumentos el camino legislativo
que viene recorriendo nuestro país destinado a combatir la
violencia y la discriminación de las mujeres a través
del dictado de leyes nacionales y provinciales contra la violencia
familiar. La reciente ley nacional contra la violencia de género,
a la cual vienen adhiriendo las provincias, las referidas a la protección
integral de los niños, niñas y adolescentes. También
el Código Penal en orden a delitos contra la integridad sexual
y la ley nacional sobre tráfico y trata de personas.”
“Es ardua la tarea que todavía les espera a los integrantes
del Ministerio Público. Fiscales, Defensores, Asesores de Menores
e Incapaces en esta lucha que, conforme a su incumbencia funcional,
debe centrarse en el compromiso de remover los obstáculos que
impidan el plano acceso a la justicia de las víctimas, su continuidad
y efectividad. Tarea que obliga a una necesaria coordinación
de actividades, a partir de una escucha atenta y profesional del relato
de la víctima, que permita comprender y aprender su situación
para el correcto abordaje, o en todo caso para una derivación
precisa y oportuna.”
“Como siempre reitero a los integrantes del Ministerio Público
que me toca dirigir en Buenos Aires, que debemos trabajar bajo la
premisa de que la violencia no admite dilaciones, ni compartimentos
estancos, pues muchas veces apenas un instante constituyen la distancia
entre una denuncia y un delito a veces de consecuencias irreparables.
El develamiento de la violencia contra la mujer constituye un enorme
avance de toda la sociedad y de las mujeres, porque hoy se animan
a denunciar, pero a la par estas circunstancias nos imponen el actuar
a la altura de esas circunstancias.”
“Insisto en un aspecto trascendente en términos de eficacia
institucional y recuerdo la acertada observación que efectuara
la doctora Kemelmajer de Carlucci, cuando señaló que
“la agilidad es la que puede convertir a la justicia en un elemento
positivo en el desarrollo de un tratamiento de grupos familiares violentos.
Porque sino se logra esta agilidad, mejor que nunca se le hubiera
ocurrido a la justicia intervenir, porque el efecto será seguramente
peor”.
“No quiero dejar pasar la oportunidad de referirles el trabajo
que venimos realizando los procuradores y fiscales de todo el país,
enfocándonos en la trata de personas con fines de explotación
sexual, cuya sórdida y continua existencia adquiere una significación
de singular gravedad. Este flagelo constituye la forma contemporánea
de la esclavitud. Las víctimas de la trata sufren vejaciones,
malos tratos, todo tipo de presión y coerción. Son frecuentemente
discriminadas, ignoradas, consideradas trabajadoras o inmigrantes
ilegales, y por lo tanto no reciben la adecuada consideración
y menos aún la protección.”
“Se advierte mundialmente la dificultad en combatir el delito
de la trata, debido a que las víctimas rara vez denuncian a
los traficantes. Las personas traficadas son mantenidas en lugares
fuera de las redes de apoyo, con frecuencia se les retienen los documentos
y son siempre amenazadas. Los traficantes ejercen poder sobre las
víctimas porque en muchos casos son del mismo país de
origen y las víctimas tienen el temor de perjudicar a sus familiares.”
“En la legislación internacional la trata de personas
ha sido considerada y definida mediante la convención de las
Naciones Unidas contra el crimen organizado transnacional y su protocolo
complementario para prevenir, reprimir y sancionar la trata de personas,
especialmente de mujeres y niños, más conocido como
Protocolo de Palermo, como un delito contra la libertad y de lesa
humanidad, que consiste en la captación, reclutamiento, traslado
y confinamiento de una o varias personas, mediante la utilización
de diversos medios comisivos, con fines puramente de explotación.”
“Ratificada la misma por nuestro país en el orden local
se dictó la ley 26634, que ha venido a reafirmar aquellos postulados,
tipificando el tráfico y la trata de personas como delito,
y si bien la ley le otorga competencia federal a la investigación
y represión del mismo, lo cierto es que este negocio millonario
reviste aristas de suma complejidad, encontrándose muchas veces
vinculado u oculto, detrás de otros delitos que son competencia
de nuestras propias provincias. De hecho la mayoría de las
investigaciones principian a partir de infracciones a la vieja ley
de profilaxis.”
“Cuando hablamos de tráfico y trata de personas no solo
hablamos de un fenómeno transnacional o de mujeres que son
secuestradas en sus hogares, sino también de aquellas engañadas
bajo la promesa de un futuro mejor, quienes dejan sus pueblos natales
y llegan generalmente a las grandes ciudades para prostituirse en
condiciones inhumanas. Así en el seno del Consejo Federal de
Política Criminal venimos trabajando con todos los Procuradores
y Fiscales Generales de las provincias empeñosamente en el
tema. Tras la capacitación de nuestros operadores, largas jornadas
de trabajo y los antecedentes que venía trabajando la Procuradora
General de Río Negro, la doctora Liliana Piccinini, coincidimos
en la elaboración de un protocolo de actuación común
para la investigación de los delitos vinculados a la trata
de personas y protección de las víctimas, que fue aprobado
finalmente en ocasión de las Jornadas del Ministerio Público
del año pasado, con el objetivo de asumir una actuación
unívoca y de colaboración mutua entre las provincias
y con la jurisdicción federal, dado que este delito no tiene
fronteras.”
“Las directivas que brinda el protocolo a grandes rasgos consisten
en comprometer a los fiscales provinciales para que en el marco de
las investigaciones locales indaguen en la posible existencia de trata
de personas. Y por otro lado, a proporcionar un plus de dedicación
y cuidados a las víctimas, atento su vulnerabilidad emocional
y física. En tal sentido señalo aspectos relevantes
de las instrucciones aludidas. Por un lado la necesidad de impulsar
activamente las investigaciones en cada jurisdicción, asistir
personalmente a los allanamientos, debiendo cumplimentar con ciertos
recaudos en orden a la efectividad de la diligencia y preservación
de la prueba. Por ejemplo firmar el acto y documentarlo. Prestar atención
a los indicadores objetivos de la capacidad ambulatoria de las posibles
víctimas. Secuestrar la documentación identificatoria
de viajes, registros de pases, salarios etcétera. Identificar
correctamente a la víctima como tal, porque a veces a la víctima
se la trata como victimaria, para lo cual el protocolo establece pautas
para la recepción de dichas declaraciones, por ejemplo: la
manera en que la víctima fue contratada, contactada, trasladada
y recepcionada.”
“En cuanto a la protección de las víctimas en
sí mismas el protocolo, reforzando la idea de evitar su revictimización
ordena: recepcionar el testimonio con asistencia psicológica,
recurriendo a medios idóneos de registro, como Cámara
Gesell. Obtener un diagnóstico inmediato físico y psíquico.
Localizar a sus familias de origen y contactarse con organizaciones
encargadas de prodigarles albergue, proveerles de mecanismos de custodia
y de seguridad efectiva. Cumplir en definitiva con el mandato de la
protección integral.”
“Con respecto a los niños, niñas y adolescentes
víctimas se debe disponer la inmediata presencia del Defensor
o del Asesor de Menores, a los fines de que adopten las medidas de
protección para cada caso, ponderando el estado de riesgo o
peligro. A partir de ello cada uno de los Ministerios Públicos
provinciales iniciamos variadas acciones destinadas a brindar operatividad
a dicho compromiso y dictando las resoluciones pertinentes. En Buenos
Aires puedo señalar como Procuradora General que en el marco
de la resolución 542 de 2009, en el lapso de ocho meses se
practicaron más de cien allanamientos en locales de explotación
de prostitución, siendo identificadas como prestadoras de servicios
sexuales 222 mujeres víctimas, mayoritariamente jóvenes
y adolescentes, siendo el 50 por ciento de origen paraguayo, con edades
que oscilan entre los 17 a los 24 años. De número restante
el 50 por ciento son de nacionalidad argentina, de distintas provincias,
y un 25 por ciento son dominicanas con edades que van desde los 17
a los 35 años.”
“Además mantenemos contactos útiles con diversas
ONG, con la Fundación María de los Ángeles, que
preside la madre de Marita Verón, con organismos oficiales
de la provincia de Buenos Aires y organismos nacionales, con la Oficina
de Rescate del Ministerio de Justicia de la Nación, la OIM
y el Centro de Atención a la Víctima del Ministerio
de Justicia de la provincia de Buenos Aires. Además comenzamos
a registrar los casos en base a la información aportada por
los fiscales provinciales, con la aspiración de que en un futuro
próximo concretemos una verdadera base de datos.”
“También brindamos una capacitación conjunta
a los operadores que deben intervenir de manera coordinada. Es así
que fiscales, asesores y profesionales recibieron lineamientos que
orienten su actuación. Falta mucho todavía y no contamos
siquiera con todos los recursos que necesitamos. Por ejemplo el tema
de los refugios para las víctimas de trata es un tema que nos
desvela, pero seguimos trabajando. Prevenir y detectar son actividades
clave para combatir el flagelo de la trata y en esto se involucran
otros actores políticos, de seguridad, de salud, de educación.
La inactividad es complicidad omisiva y contribuye al incremento y
a la impunidad de la conducta delictiva.”