En un fallo inédito, la Justicia intimó al Gobierno a entregar títulos de propiedad a mapuches

Se trata del lof Trypay Antú, que está ubicado en el paraje Virgen de las Nieves, en las cercanías de Bariloche. El Gobierno ya apeló la medida.

La Justicia Federal ordenó al Gobierno que entregue los títulos de propiedad a la comunidad mapuche Trypay Antú, en el paraje Virgen de las Nieves, ubicada en las cercanías de Bariloche.


Fue mediante un fallo de la jueza María José Sarmiento quien dictaminó que "en el término de 60 días le transfiera a título gratuito el dominio de las tierras fiscales al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), a los efectos de su adjudicación inmediata en propiedad comunitaria al lof Trypay Antú". Se trata de parcelas que actualmente se encuentran bajo control el Ejército.

El lof Trypay Antú se ubica en unas 170 hectáreas en el paraje Virgen de las Nieves en la ladera noreste del cerro Otto, a la vera de la ruta 82, muy cerca del acceso al cerro Catedral y de la ruta hacia el lago Gutiérrez.

La jueza consideró que "la Constitución reconoce la preexistencia étnica de los pueblos indígenas” y que “teniendo en cuenta todos los antecedentes” indicó que “el Poder Ejecutivo tiene facultades para disponer la adjudicación en propiedad comunitaria de las tierras cuya mensura ha sido aprobada por el INAI".

El Gobierno, de cuyos enfrentamientos con los mapuches resultaron la muerte de Santiago Maldonado y de Rafael Nahuel en represiones ilegales de Gendarmería y de Prefectura respectivamente, ya apeló el fallo. Según Cambiemos "no hay una ley de propiedad comunitaria para instrumentar una sentencia de este tipo".

Sin embargo, desde el INAI explicaron que "la comunidad está en su legítimo derecho de reclamar la propiedad, de acuerdo a la Constitución Nacional” aunque indicaron que “no hay una ley de propiedad comunitaria”. Por eso argumentaron que “para que haya una norma de este tipo es necesario un acuerdo federal con las provincias y realizar una instancia de consulta con los pueblos originarios de nuestro país".

De todos modos, se trata del primer fallo de la Justicia Federal que ordena la instrumentación de la propiedad comunitaria con un grupo indígena, siendo que los anteriores ocurrieron en fueros provinciales.

 

 

 

 

 

 
   

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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