La AFIP denunció penalmente al dueño de una Ferrari
que ingresó al país de manera ilegal
A través de la Aduana de Necochea, la AFIP denunció
penalmente a quienes intentaron ingresar de contrabando una Ferrari
F430 Spider valuada en 200 mil dólares, al amparo del Régimen
de Importación de automotores usados
El hecho se habría conocido a mediados de agosto de este año,
y una vez finalizada la instrucción administrativa, y al no
poder explicar la situación frente a la Aduana, más
las pruebas recabadas por la AFIP, se presentó hoy al mediodía
la denuncia penal ante el Juzgado Federal de Necochea, a cargo del
juez Bernardo Bibel.
Con un rol principal se encontraría implicado Jorge Daniel
Lucena (apodado “Toti”) que en el año 2000 emigró
a Europa. En la actualidad, Lucena, junto con su hijo Mathias y su
pareja Susana, son dueños de una parrilla al estilo criollo
en el Autódromo Internacional de Muguello, institución
de la marca Ferrari, ubicado al norte de Italia. Este emprendimiento
habría sido financiado con el producto de la maniobra de contrabando
del automóvil.
Lucena ingresó la Ferrari al país acogiéndose
a los beneficios impositivos contemplados a quienes vuelven a residir
definitivamente. Sin embargo, no cumplió de forma fehaciente
el retorno al país para vivir de forma permanente.
En la maniobra, Lucena utilizó la ayuda de Juan Carlos Zelaya,
quién se ocuparía de los trámites administrativos
ante Aduana y el Registro Propiedad Automotor. Además Zelaya
sería quien se encargaba de la recepción y movimiento
de la Ferrari a donde fuera necesario, inclusive diferentes cocheras
para evitar los controles aduaneros.
El testigo clave de la maniobra es Arturo Vezzi, quien junto a su
mujer prestó su domicilio particular de la calle 73 N°
2055 de Necochea para que Lucena guardara allí la Ferrari por
20 días aproximadamente.
La normativa aduanera establece que una vez nacionalizado un vehículo
no puede ser transferido hasta 1 año después de su ingreso.
Además el beneficiario es el único autorizado a conducirlo
durante la vigencia de dicho plazo.
La importación de vehículos usados se autoriza si los
propietarios de los automotores son ciudadanos argentinos con una
residencia en el exterior no menor a un año y que retornen
para vivir definitivamente en el país, o si pertenecen a ciudadanos
extranjeros que obtengan su derecho de radicación en el país.